LOPEZ GOLDARACENA: ES INCONSTITUCIONAL Y CONTRARIA AL BIEN COMÚN
El proyecto de ley de presupuesto recientemente aprobado por la Cámara de Diputados que, de votarse en el Senado, limitará el acceso a los medicamentos de alto costo, es una opción política inconstitucional además de ser contraria al bien común.
Es inconstitucional porque atenta contra una norma jurídica constitucional concreta, completa y autosuficiente que no puede ser modificada en su contenido substantivo por ninguna norma jurídica inferior.
En efecto, el art. 44 de la Constitución consagra el derecho a la salud y en su parte final dispone expresamente: “El Estado proporcionará gratuitamente los medios de prevención y de asistencia tan sólo a los indigentes o carentes de recursos suficientes.”
La disposición constitucional transcripta mandata y obliga de forma directa sin ningún tipo de condicionamientos.
Es una norma completa y sabia.
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Mientras Dormías – Soledad Platero en Caras & Caretas
Compartimos la columna de Soledad Platero en Caras & Caretas . El texto completo lo encuentran en http://www.carasycaretas.com.uy/mientras-dormias/
“Los artículos de la ley de Presupuesto relativos a los medicamentos de alto costo fueron aprobados, entre gallos y mediasnoches este miércoles, en la Cámara de Diputados, con votos del Frente Amplio. Se trata de los artículos 425, 438 y 439 del proyecto original, que finalmente fueron modificados y pasaron a ser, respectivamente, los actuales 443, 456 y 457. Para resumir (porque el texto completo, tanto con su redacción original como con la que aprobó Diputados puede leerse en accesoamedicamentosuruguay.org), los mencionados artículos establecen que el Estado tiene responsabilidad de suministrar medicamentos de alto costo a quien los necesite y no pueda pagarlos únicamente si esos medicamentos están incluidos en las listas confeccionadas por el Ministerio de Salud Pública. El asunto es que la Constitución de la República establece, en su artículo 44, que es responsabilidad del Estado proporcionar “gratuitamente los medios de prevención y de asistencia tan sólo a los indigentes o carentes de recursos suficientes”. Pero en el caso de algunos medicamentos, cuyo precio es altísimo, los “carentes de recursos suficientes” son muchos. Por esa razón, cuando un medicamento indicado por el médico tratante no es suministrado por la institución de salud en que se atiende el paciente, éste tiene la posibilidad de solicitarlo al Fondo Nacional de Recursos. Pero para que el Fondo se haga cargo, ese medicamento tan costoso debe estar entre los que contempla el Formulario Terapéutico de Medicamentos (FTM). Y para que un medicamento integre el FTM tiene que haber sido incluido en la lista por las autoridades de la salud. No todos los fármacos de uso habitual para el tratamiento de enfermedades graves están incluidos, así que los pacientes tienen, como último recurso, la posibilidad de litigar contra el Estado ante la Justicia. Si tienen suerte y la magistratura es favorable a su petición (cosa que no siempre sucede, puesto que los jueces deciden según sus propios criterios, incluso ante la misma ley y en situaciones semejantes), el Estado, obligado para ese caso y sólo para ese caso, debe proveerles la medicación. (más…)
Emisión de No toquen Nada sobre Medicamentos de Alto Costo
Fragmento del programa “No Toquen Nada” del adía 16 de octubre de 2015, sobre los tres artículos de la ley de presupuesto que limita el acceso a los medicamentos de alto costo.
Hipocresía y Derechos Humanos
Compartimos fragmento de la columna de Hoenir Sarthou en Semanario Voces, en lo que respecta a los tres artículos de la ley de presupuesto que regulan sobre acceso a medicamentos de alto costo.
Lamentablemente, las previsiones que el autor hacía mientras la escribía, se confirmaron: 50 diputados del oficialismo levantaron su mano en la madrugada del miércoles para “colaborar” con su Ministerio de Salud Pública con herramientas para limitar el acceso a los medicamentos de alto costo en directo perjuicio del derecho de los pacientes a la salud y la vida. Los artículos han cambiado en su numeración ( hoy son 443, 456 y 457) pero no en su esencia ni en su finalidad. ( VER DISCUSIÓN PARLAMENTARIA)
“En la noche del martes, mientras escribo esta nota, en el Parlamento se discute el proyecto de Presupuesto Nacional. (más…)
TEXTO DE LOS ARTICULOS (Antiguos 443, 456 y 457, Actuales 441,454 y 455)
PROYECTO DEL PODER EJECUTIVO | TEXTO SUSTITUTIVO DEL 5.10.2015 CÁMARA DE DIPUTADOS |
ARTÍCULO 425.- La responsabilidad del Estado, así como de las entidades públicas y privadas que integren el Sistema Nacional Integrado de Salud (SNIS), con relación a la población usuaria de dicho Sistema, queda limitada al suministro de los programas integrales de prestaciones consagradas en el artículo 45 de la Ley Nº 18.211, de 5 de diciembre de 2007, no siendo de su cargo la dispensación de prestaciones, estudios, procedimientos diagnósticos, terapéuticos o de rehabilitación, medicamentos o vacunas que no se encuentren incluidos en los Programas Integrales de Salud, el Catálogo de Prestaciones o el Formulario Terapéutico de Medicamentos definidos y aprobados por el Ministerio de Salud Pública, ni de aquellos que aún definidos y aprobados, sean destinados a atender patologías ajenas a las previstas en los mencionados Programas, Catálogo o Formularios, y de acuerdo a la normatización o protocolarización definida por el Ministerio de Salud Pública o el Fondo Nacional de Recursos. | Artículo 441.- Compete al Poder Ejecutivo regular los programas integrales consagrados en el artículo 45 de la Ley 18.211, de 5 de Diciembre de 2007, definiendo las prestaciones, estudios, procedimientos diagnósticos, terapéuticos y de rehabilitación, medicamentos y vacunas que forman parte de los mismos. Dichos programas serán los que las entidades públicas y privadas que integren el Sistema Nacional de Salud (SNIS) tendrán la responsabilidad y obligación de suministrar a toda la población usuaria de dicho Sistema. |
ARTÍCULO 438.- La dispensación de medicamentos, procedimientos o dispositivos terapéuticos que no se encuentren debidamente aprobados y registrados ante el Ministerio de Salud Pública, solamente se admitirá en los casos taxativamente enumerados en la legislación vigente y en los incluidos en el marco de ensayos clínicos realizados conforme a derecho. | Artículo 454.- La dispensación de medicamentos, procedimientos o dispositivos terapéuticos que no se encuentren debidamente aprobados y registrados ante el Ministerio de Salud Pública, solamente se admitirá en los casos taxativamente enumerados en la normativa vigente y en los incluidos en el marco de ensayos clínicos realizados conforme a derecho. |
ARTÍCULO 439.- La aprobación y registro en el Ministerio de Salud Pública de especialidades farmacéuticas deberá ser precedida de informe técnico favorable de eficacia y seguridad. La incorporación de dichas especialidades al Formulario Terapéutico de Medicamentos y a los programas integrales de prestaciones consagrados en el artículo 45 de la Ley Nº 18.211, de 5 de diciembre de 2007, deberá contar, asimismo, con informe técnico favorable de impacto presupuestal y de evaluación económica según las recomendaciones vigentes de la Organización Mundial de la Salud (OMS). | ARTÍCULO 455.- La aprobación y registro en el Ministerio de Salud Pública de especialidades farmacéuticas deberá ser precedida de informe técnico favorable de eficacia, calidad y seguridad. La incorporación de dichas especialidades al Formulario Terapéutico de Medicamentos y a los Programas Integrales de Prestaciones consagradas en el artículo 45 de la Ley 18.211 de 5 de diciembre de 2007, deberá contar, asimismo, con informe técnico de impacto presupuestal y de evaluación económica según las recomendaciones vigentes de la Organización Mundial de la Salud (OMS), evidencia científica, estudio de costo efectividad y sustentabilidad para el Sistema Nacional Integrado de Salud. |
Borrador Discusión Parlamentaria Sesión 14 de octubre – Inciso 12 – MSP
Se pasa a considerar el Inciso 12, “Ministerio de Salud Pública”, que comprende los artículos 443 a 462, inclusive.
(Texto del Inciso 12:)
——Hemos acordado con las bancadas tratar, en primer lugar, un bloque de tres artículos: 443, 456 y 457.
En discusión el artículo 443, que tiene un sustitutivo.
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Borrador de la discusión parlamentaria
Dada la avanzada hora en que transcurrió la discusión y votación de los artículos 443, 456 y 457 (antiguos 425, 438 y 439), compartimos con ustedes el borrador de la discusión parlamentaria que culminó en el día de hoy, cuando faltaban 15 minutos para las 5 de la mañana.
Esperamos que sirva de insumo para la comprensión de este tema.
DIPUTADO RADIO (PARTIDO INDEPENDIENTE)
SEÑOR RADÍO (Daniel).- Dado lo limitado del tiempo, voy a centrarme en estos artículos que han suscitado el debate, aunque sería bueno que pudiéramos hablar de más cosas en otras condiciones y no centrarnos solamente en estos temas.
Es verdad que se trata de temas de alta sensibilidad. Ningún médico va a decir: “No hagan tal tratamiento porque a este señor le quedan cuarenta y cinco días de vida”. Eso no lo va a decir ningún médico, porque cuando a uno le quedan cuarenta y cinco días, cuarenta y cinco días es el cien por ciento. Entonces, es un montón; cuarenta y cinco días es todo. No habrá nadie que diga eso. Hay un imperativo ético que nos impulsa a los médicos y que nos impediría decirlo.
No menos cierto que eso es algo que se ha dicho aquí: que no todos los medicamentos, no todos los fármacos para los cuales hay evidencia científica de que son efectivos, son financiables. Eso es verdad; eso es una verdad palmaria.
Hace un momento, se decía que la vida no tiene precio; eso es absolutamente cierto, tan cierto como que aquellas herramientas que sirven para sostener la vida sí lo tienen y alguien tiene que financiarlas. Cuando la sociedad decide que dedicará a la salud de las personas una cierta cantidad de dinero, cuando levantamos las manos en este ámbito y luego los senadores, esa cantidad es inextensible, es finita, no aumenta. El otro día, en la Comisión de Salud Pública, decía que cada vez que el médico en su consultorio empuña su chequera, que se llama recetario ‑porque es una chequera‑, cada vez que el médico asigna un recurso a un paciente, está, simultáneamente, tomando dos decisiones: que ese recurso se aplica a ese paciente y que ese recurso no se aplica a los demás pacientes, porque la dotación de recursos es finita, es inextensible. No es que como está en juego la vida, saco del cuerno de la fortuna, porque eso no existe.
Quienes decidimos cuánta cantidad de recursos se asignan a la salud de la gente es la ciudadanía en su conjunto representada en este ámbito. No hay más vuelta que dar, porque no existe la magia en esto, no se puede hacer la multiplicación de los panes y los peces. Entonces, el problema es quién decide cuándo se asigna un recurso a un paciente y cuándo no. Ahí tenemos un problema muy serio. Claro, nadie se toma en serio los programas de Gobierno porque parece que son pour la galerie.
Nosotros creemos que tiene que haber una agencia independiente, una institucionalidad técnico política independiente del Ministerio de Salud Pública ‑también del Ministerio de Salud Pública‑ y de las otras instancias, que sea la que determine estas cuestiones. ¿Por qué digo esto? Porque, por ejemplo ‑esto vale para los fármacos y para las otras cosas como la introducción de tecnología, que ha sido una polémica que hemos tenido en la sociedad en los últimos tiempos‑, ¿quién determina el Plan Integral de Atención en Salud, el PIAS? ¿El Ministerio de Salud Pública? ¡Mentira! ¡Lo determinamos todos! La Justicia también cada vez que dicta un fallo que dice: “Hay que dar este tratamiento a este paciente”, perforando el PIAS. Lo vulneramos los legisladores cada vez que legislamos por patología. ¡No podemos legislar por patologías! Los legisladores somos vulnerables a los lobby, y cada vez que viene un grupo de gente que se nos presenta en el despacho y nos dice: “Hay que sacar una ley para determinar tal tratamiento”, allá vamos nosotros y nos prestamos.
Entonces, los que tienen lobbies fuertes, logran que se atiendan sus patologías. Aquellos otros que no vienen a patalear ni a protestar ‑esto vale para otras cosas; el sayo le cabe a algunos en estas cosas y en otras cosas, a otros‑, no logran nada. Ante las presiones y los pataleos, sacamos plata de algunos lados para poner en otros. Esto vale también para las patologías y me parece que no debiéramos ser permeables a eso o, mejor dicho, no debiéramos tener la última palabra.
Cuando me dicen: “Hay que aprobar una ley para tratar tal patología porque a nosotros no nos tratan”, yo contesto: “¿Dónde está la ley que dice que hay que tratar la colecistitis aguda?” No son los legisladores los que dicen qué se trata y qué no se trata. No debiera ser así, porque es incorrecto, es inadecuado.
Deberíamos tener una institucionalidad técnico política independiente que asesorara en esta materia a todas las instancias para que después hubiera congruencia. También debería asesorar al Poder Judicial, porque ahí está el problema: el Poder Judicial consigue asesoramientos distintos y entonces hay incongruencias entre los distintos estamentos del Estado.
Ahora, lo que creo es que no existe el cuerno de la fortuna y que no podemos apostar a que la dotación de recursos sea infinita. No existe eso. Tenemos que actuar responsablemente; quienes están en el Gobierno tienen que actuar responsablemente y quienes estamos en la oposición tenemos que actuar responsablemente. Esa ha sido siempre la conducta de este partido.
(Ocupa la Presidencia el señor Representante Alejandro Sánchez)
El otro día planteamos en la Comisión de Salud Pública y Asistencia Social la necesidad de abordar este tema en profundidad. El discurso del señor diputado Luis Gallo Cantera me parece muy sensato y creo firmemente en lo que dice. Hagamos un compromiso de abordar el tema en serio, buscando una fórmula para resolverlo, ¡pero no en el Presupuesto! No tiene nada que ver con la discusión del Presupuesto, no es materia presupuestal lo que estamos decidiendo. ¡Reconozcamos eso y hagamos un compromiso en serio para resolverlo! ¡Hagámonos cargo! No digamos que vamos a poner plata infinitamente, porque sabemos que es mentira, que no hay ninguna sociedad que mantenga eso; no se puede.
La salud no es financiable infinitamente. ¡No se puede! ¿Qué se joroben los pacientes terminales? No, si todos nosotros, los que estamos en este recinto, somos pacientes terminales. ¿Alguien tomó nota de eso? Acordemos resolverlo fuera de este ámbito; no es materia presupuestal y me niego a votar estos artículos como parte del presupuesto. Por lo tanto, no vamos a acompañarlos.
DIPUTADO RIOS (FRENTE AMPLIO)
SEÑOR RÍOS (Silvio).- Señor presidente: voy a hablar en mi condición de diputado pero también de médico, ya retirado. Con el diputado Edgardo Mier trabajamos juntos durante muchísimo tiempo y también tuve cargos de dirección en los servicios de salud. Cuando tenemos enfermos, siempre nos encontramos con esta dificultad, que es muy difícil de resolver; a veces, es muy duro tener que decirles que no tenemos el medicamento que los beneficiaría.
Como se dijo, esto puede tener un enfoque judicial y también económico. Quiero hablar sobre lo que me parece que es la responsabilidad de nosotros como Estado, como diputados. De este recinto salió hace muy poco tiempo la Ley del Sistema Nacional Integrado de Salud, que fue propuesto por el Frente Amplio, pero fue apoyado por todos los partidos, y lo que pretende esa propuesta de sistema de salud, es dar la posibilidad de brindar una asistencia integral a todos los ciudadanos, a todos quienes habitan en el país.
Esta solución integral es la base de los paquetes de asistencia que viene dando el mutualismo desde hace tantísimos años, y en las sucesivas reglamentaciones que se fueron haciendo, se fueron incorporando cada vez más prestaciones para resolver los problemas de la gente. Eso llevó a que en ese concierto se hubiera fundado el Fondo Nacional de Recursos, una estrategia de salud de nuestro país que es ejemplo en todos los lugares del exterior adonde vamos. En Brasil, que es un continente, no tienen la solución universal de la medicina de alto costo, de la mayoría de los eventos de alto costo como tenemos los uruguayos.
Aquí, el compañero Gallo Cantera, dijo claramente lo que significan para la población uruguaya las prestaciones que da el Fondo Nacional de Recursos, todo ello relacionado a la medicina de alto costo. La cirugía cardíaca que todos conocen, los linfomas, las leucemias, los cánceres, inclusive, ahora se agregan las enfermedades autoinmunes, que también tienen medicamentos de altísimos costos.
Creo que el sistema de salud le ha exigido, tanto a los prestadores privados que constituyen el mutualismo, como a los prestadores públicos. ASSE no es otra cosa que un prestador más, es el prestador del área pública que, con este sistema ‑que tiene una financiación a través del Fonasa‑ hace que ahora no haya diferencias entre las prestaciones que tienen que dar la mutualista y las que tiene que dar ASSE. Todos reconocemos que, desde que empieza con el Sistema Nacional Integrado de Salud, ASSE viene corriendo de atrás, porque tenía un gran retraso en lo relativo a la infraestructura asistencial y tenía enormes dificultades con sus recursos humanos, pero va progresando.
Entonces, creo que así como supimos resolver la medicina de alto costo, a través de los IMAE, dentro del propio IMAE hay una comisión que es la que actualiza los medicamentos que desde el punto de vista científico tienen efectividad.
Reconozco en esto ‑lo he dicho en la comisión al diputado Lema‑ que desde el año 2013 al año 2015 no ha habido incorporaciones, y creo que eso no anda bien. Pero ese es el sistema de salud, son los prestadores de servicio que tienen que tomar ese tema como central porque, poco a poco, hay que ir integrando esos medicamentos, y esa es una responsabilidad del sistema, o sea que es una responsabilidad política.
La responsabilidad médica pasa por aplicar el estado de la lex artis, es decir, que sea no una medicina individual sino una medicina hecha colectivamente, con equipos de salud, como se está haciendo actualmente en Uruguay.
Personalmente, creo que es bastante sencillo entender el problema, pero es muy difícil llegar a una solución cuando los costos empiezan a apurar. Por eso creo que esa comisión ‑como decía el señor diputado Radío‑ tiene que ser independiente. Uruguay se ha dado esa estrategia, porque el Fondo Nacional de Recursos tiene gente que es del sector privado y gente del sector público. Considero que ahí está el germen de dónde crear una comisión que estudie esta nueva faceta de la medicina, que es la medicina de alto costo, sobre todo de medicamentos de alto costo.
En ese sentido, quiero advertir una cosa: los medicamentos de alto costo son promocionados por la industria farmacéutica, y quienes hemos trabajado muchos años en salud sabemos que la industria farmacéutica es una máquina que no para, es una máquina que permanentemente está lanzando al mercado lo que sirve y lo que no sirve. Entonces, vamos a tener claro que la dirección la debe tener el Estado, la debe tener Salud Pública, y no como ASSE, sino el Ministerio de Salud Pública como órgano rector de la salud en Uruguay. Creo que esa tarea del Ministerio de Salud Pública mucha gente todavía no la diferencia, pero en realidad el Ministerio es el rector, porque da las políticas de salud, y es la policía sanitaria, y ASSE es el organismo prestador, como también lo es el resto del mutualismo.
Entonces, considero que los roles son políticos, que en este recinto se tienen que encontrar los mecanismos para conseguir que haya una comisión que tenga una base científica y que pueda dar garantías a todos los uruguayos de que las medicinas que necesitan se las puedan dar.
Quiero terminar mi intervención solo diciendo ‑parto de la base y no la discuto‑ que aunque hagamos todo bien, la acción de amparo tiene que existir, porque siempre va a haber alguien que cree que no se le hizo lo que se le debía hacer, o que no se le dio la oportunidad; así que ese recurso debe mantenerse y yo lo respeto en todos los términos. Creo que es un problema que el sistema de salud tiene que resolver y, por lo tanto, tiene mucho que ver que se tenga en cuenta en las políticas. Y, si se quiere avanzar un poco, coincido en que, quizás, hay que desglosar estos artículos, enriquecernos más, nutrirnos con más opiniones para llegar a soluciones. Esta es mi visión de las cosas.
DIPUTATO MIER (PARTIDO NACIONAL)
SEÑOR MIER (Egardo).- Señor presidente: los artículos que componen este primer bloque fueron desglosados por la Comisión de Presupuestos integrada con Hacienda y derivados a la Comisión de Salud Pública y Asistencia Social, que integramos, para su estudio.
Precisamente, en este punto fue donde tuvimos nuestra primera sorpresa; confesamos que estamos debutando y somos muy nuevitos en esto. Digo esto porque discutimos en profundidad este artículo pero cuando llegó la instancia del informe final nos encontramos con que no teníamos competencia para realizar ningún informe, para adoptar ninguna posición ni para votar. Inclusive, la Comisión solicitó permiso a la Cámara para seguir sesionando y analizar el articulado. Pero, reitero, cuando llegó el momento del resumen final, nos encontramos con que no era cometido de la Comisión hacer un informe final ni votar. Les adelanto que en la Comisión había una posición mayoritaria, que coincidía con nuestra opinión y con la del Partido Nacional.
En ese momento, nos surgió la primera interrogante: ¿para qué estuvimos trabajando tantas horas y para qué la Comisión de Presupuestos integrada con Hacienda desglosó este articulado y lo envió a la Comisión de Salud Pública y Asistencia Social? Al final, decidimos remitir la versión taquigráfica para que supieran qué habíamos discutido.
Explicado esto, quiero comentar por qué queríamos sacar estos artículos del análisis de este presupuesto: por inconvenientes, por considerar que son de dudosa constitucionalidad ‑voy a decir solo esto porque no soy especialista‑ y porque este no era el momento adecuado para tratar esta temática. Debemos tener en cuenta que este asunto es fundamental desde el punto de vista económico y, también, social, porque genera una enorme sensibilidad en las personas.
Por todos estos motivos, entendíamos que lo mejor era que estos artículos no se trataran en este presupuesto. Inclusive, nos ofrecimos a generar un ámbito de profunda discusión, con multitud de integrantes ‑todos los que se quisiera‑, para escuchar la voz de todos los actores involucrados.
Lamentablemente, hoy estamos tratando este articulado y generando una discusión, que entendemos no debería haberse dado en esta oportunidad. Aclaro que sí debe darse en este ámbito pero con la participación de otros actores.
Hechas estas salvedades, quiero decir que hoy estoy hablando como legislador pero no me quito para nada el sayo de haber ejercido la medicina y de seguir siendo médico, porque lo vamos a ser toda la vida. Además, durante gran parte de los treinta y tres años de ejercicio profesional, durante treinta años, tuve la responsabilidad de la administración y la gestión de instituciones que atienden la salud. Muchas veces nos tocó ser la persona que daba la cara para decir al paciente o a la familia: “Este medicamento no está en el formulario terapéutico nacional. Por lo tanto, no tenemos la obligación de dártelo. Es carísimo. Intentemos buscar una solución”.
Detrás de esto siempre está la firma de un médico, con todas las connotaciones que tiene. Este es un asunto de enorme complejidad, que afecta directamente la sensibilidad y los derechos humanos de las personas, pero no podemos negar que también es de enorme importancia para el país por sus connotaciones y el importante costo económico. Tenemos la obligación de darnos esta discusión en profundidad y escuchando a todos los actores porque seguramente entre todos vamos a encontrar al camino que nos permita ser más justos y resolver esto con el beneplácito de todas las partes.
Reitero lo que dije anteriormente: muchas veces tuve que decir a pacientes o familiares: “Esto no te lo podemos dar”. Pero no puedo negarles la chance de recurrir ante la justicia y que me diga: “Tú no me lo podés dar, pero tengo la posibilidad de plantear un recurso de amparo de este derecho que se me está cercenando y finalmente me lo vas a tener que dar”.
Creo que lo que vamos a resolver acá ‑ojalá no sea lo que pienso‑ va a generar una cadena de consecuencias y de dificultades que van a aumentar la entidad del problema en todos sus aspectos porque el paciente, que se va a ver perjudicado en su derecho al reclamo, va a tener que recorrer un camino muy largo, planteando primero que se declare la inconstitucionalidad de estos artículos ‑si es que se aprueban‑, y recién después recurrir a su derecho de amparo. También creemos que va a provocar una serie de reclamos jurídicos al Estado por parte de personas y organizaciones muy importantes.
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PEDIDO DE ACLARACION
SEÑOR MIER (Egardo).- Señor presidente: he escuchado las argumentaciones de todos los legisladores y necesito una aclaración, porque mi mente está absolutamente nublada. Hemos coincidido absolutamente todos en la dificultad de analizar este problema en este ámbito: todos, y nos hemos expresado todos en el mismo sentido.
Acá no ha habido posiciones contrapuestas. Sin embargo, terminamos votando artículos, que todos coincidíamos que no se debían haber votado en este ámbito, y ‑ojalá que me equivoque; lo digo de corazón‑ mañana comienza una andanada nueva de recursos de amparo y de inconstitucionalidad. No entiendo por qué lo hicimos, por qué se trajeron los artículos y estoy pidiendo una aclaración que seguramente nadie me la va a dar.
Discúlpeme, señor presidente.