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Mar 28

La ignorancia de la ley y la protección de los derechos de los pacientes

Posted on lunes, marzo 28, 2016 in OPINION

La máxima de que la ignorancia de la ley no sirve de excusa, recogida en el Artículo  2 del Código Civil, resulta en ocasiones extremadamente gravosa para las personas y puede conducir a la desprotección de derechos fundamentales.

En la situación de los pacientes que necesitan acceso a tratamientos no incluidos en el FTM el punto tiene especial relevancia porque la aplicación estricta en el ámbito de la Acción de Amparo, ha implicado en, algunos casos la pérdida de la oportunidad de reclamar judicialmente la provisión del medicamento o tratamiento indicado por el médico tratante, negado por la Institución Médica, el Fondo Nacional de Recursos y/o el Ministerio de Salud Pública.

En el caso concreto de la Acción de Amparo, herramienta judicial con la que los pacientes cuentan para la protección fundamental de su derecho a la salud y la vida, la Ley 16.011 prevé que la acción debe ser interpuesta  dentro de los 30 días “a partir de la fecha en que se produjo el acto, hecho u omisión caracterizados en el artículo 1º.” (más…)

Mar 17

Actualización del Formulario Terapéutico de Medicamentos Diciembre 2015

Posted on jueves, marzo 17, 2016 in FTM, LEGISLACION

Por Ordenanza 878 de Diciembre de 2015 se actualizó el Formulario Terapéutico de Medicamentos, agregándose tres nuevos fármacos bajo la cobertura del FNR:
TOCILIZUMAB para artritis reumatoidea y artritis idiopática juvenil
ADALIMUMAB  e INFLIXIMAB (que ya estaban agregados para otras enfermedades) para colitis ulcerosa crónica.
Ordenanza Nro. 878. MSP. Diciembre 2015
 
Destacamos que no se realizan incorporaciones de fármacos oncológicos desde la actualización del mes de noviembre del año 2013
Ver FTM
 

Mar 2

Procedimiento abreviado de acceso a medicamentos: Ordenanza 882

Posted on miércoles, marzo 2, 2016 in OPINION, PROCEDIMIENTO ABREVIADO

Han pasado ya tres meses desde que la Ordenanza 882 del 9 de diciembre de 2015 fue dictada. Varios procedimientos se han llevado a cabo bajo su normativa y,  sin embargo, aún no se había cumplido, hasta donde nosotros podemos saber, con lo dispuesto en la parte final de su texto: la publicación en el sitio web del Ministerio de Salud Pública.

Dado que muchas personas han consultado y que la ordenanza, así como sus anexos, constituyen piezas fundamentales para que las personas puedan ejercer el derecho fundamental de  peticionar para proteger su salud y su vida, la compartimos en este espacio.

ORDENANZA 882

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