Gonzalo, 10 años. La vida detrás del análisis de costo beneficio
Gonzalo tiene 10 años y quiso contar su historia.
Afortunadamente, dos instancias judiciales ampararon su pedido y el MSP fue condenado a proveer el tratamiento necesario.
Gonzalo necesitaba un procedimiento para tratar una Malformación Arterio Venosa, llamado embolización endovascular.
Durante el juicio se probó que el tratamiento no está dentro del PIAS (Programa Integral de Atención en Salud) pero que ASSE si lo realiza en hospitales públicos a los pacientes que lo necesitan.
El Tribunal de Apelaciones de 5 Turno sostuvo:
“Emerge, sin atisbo de duda que, si no se encuentra incluido en el PIAS por decisión u omisión del MSP, éste no puede escudarse en dicha solución, esto es, que no se encuentra obligado a brindar el tratamiento porque no está en el PIAS, como si la inclusión dependiera de alguien más. Tampoco puede , dadas sus funciones, pretender que ignora qué sucede con otro sector de la salud (Hospitales a través de ASSE) ni si en ASSE se brinda o no el procedimiento.”
Si los artículos 443, 456 y 457 de la Ley de Presupuesto estuvieran vigentes,podría el Tribunal determinar que el MSP está obligado a proveer un tratamiento que no está incluido en el PIAS?
Con las emergencias del informe mencionado, la prueba instrumental acompañada con la demanda y las declaraciones de los médicos (Aboal fs. 91-93) y Crosa (fs. 104-106) puede concluirse que el tratamiento sí es necesario, se brinda a los pacientes de hospitales públicos, extremo que, además, el MSP no controvirtió específicamente. Entonces, valorada la prueba de autos en los términos del art. 140 del CGP, puede concluirse que se vulnera el principio constitucional de igualdad si el sector privado no accede al procedimiento y el MSP incurre en manifiesta ilegitimidad si permite que eso ocurra en el sistema.
Si los artículos 443, 456 y 457 de la Ley de Presupuesto estuvieran vigentes,podría el Tribunal aplicar directamente el principio constitucional de igualdad o debería tramitarse una acción de inconstitucionalidad para desaplicar estos artículos?
Además de la ilegitimidad manifiesta relevada, también se verifica en el caso la magnitud del elemento daño irreparable que menciona el art. 1º de la ley 16.011 y el carácter residual de la vía de Amparo ensayada, puesto que no se avizora otro camino hábil para solucionar temporáneamente el severo riesgo sanitario que padece el actor.
Además de la ilegitimidad manifiesta relevada, también se verifica en el caso la magnitud del elemento daño irreparable que menciona el art. 1º de la ley 16.011 y el carácter residual de la vía de Amparo ensayada, puesto que no se avizora otro camino hábil para solucionar temporáneamente el severo riesgo sanitario que padece el actor.
CREEN NUESTROS LEGISLADORES QUE ESTOS TRES ARTÍCULOS APORTAN ALGUNA SOLUCIÓN A LOS PROBLEMAS DE PACIENTES COMO GONZALO?
SI SE APRUEBAN LOS ARTÍCULOS 443, 456 Y 457 DE LA LEY DE PRESUPUESTO NO HABREMOS AVANZADO NADA.
ESTOS ARTÍCULOS EN LA LEY DE PRESUPUESTO SOLO CREAN UNA NUEVA LIMITACIÓN Y GENERAN MAS INCERTIDUMBRE.
REFLEXIONEMOS MÁS ALLÁ DE LAS POLARIZACIONES: LA HISTORIA DE GONZALO NO ES UN GOLPE BAJO, ES NUESTRO INTENTO DE MOSTRARLES LAS VIDAS AFECTADAS POR LAS DECISIONES QUE TOMAN.
El testimonio de Gonzalo fue enviado por Ricardo Pérez con autorización de su familia. La sentencia se encuentra disponible en el sitio del Poder Judicial
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