Senentecia que ampara a paciente por Rituximab
Para Sentencia Definitiva de Primera Instancia estos autos caratulados “Nombre de la actora C/ MINISTERIO DE SALUD PUBLICA y otro, Amparo” Iue 2-34549/2016, tramitados ante el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo de 1° Turno.
RESULTANDO :
I.- A fs 177 y ss, comparece la actora (Nombre de la actora) promoviendo acción de amparo contra el MSP y el Fondo Nacional de Recursos, estableciendo en síntesis que : a.- En Octubre de 2008 le es diagnosticado “Linfoma Linfoplasmocitico /Macroglobulinemia de Waldenstrom/Estadio IV” (Subtipo de Linfoma No Hodgkin, en adelante LNH) en el Hospital de Clínicas, siendo su médica la Dra OLIVER. Fue tratada en 2011 con seis ciclos de CHOP y en febrero de este año tuvo una recaida con reaparición de anemia así como también insuficiencia renal. El tratamiento apropiado según guias internacionales es basado en RITUXIMAB. b.-Estudios demuestran la eficacia del tratamiento, pero el medicamento no se encuentra en el FTM, pese a lo cual se realizaron las peticiones ante el MSP y FNR según agrega. c.- Realiza consideraciones respecto del LNH y la forma en que actúa el RITUXIMAB y transcribe conclusiones de la cátedra de Hematología del Hospital de Clínicas, del Instituto Nacional de Cáncer y Revista Cubana de Hematología que refieren a los beneficios de la droga que reclama respecto de pacientes que solo reciben Quimioterapia. d.- Cita Jurisprudencia favorable a su posición. e.- Los costos del medicamento que es distribuido por el laboratorio Roche bajo el nombre comercial “Mabthera” en presentaciones de 100 y 500 mg tiene un costo de venta al público que asciende a $ 51.621, alegando que recibe del BPS una prestación de $ f.- Efectúa consideraciones en punto al funcionamiento del sistema de salud con respecto de los medicamentos de alto costo y concluye que desde 2013 los pacientes tienen incorporados al FTM el mismo arsenal terapéutico, que incluyen al RITUXIMAB para otras enfermedades según detalla. g.- El día 13 de Abril compareció ante el MSP iniciando la vía de la ordenanza N° 882/2015 y el día 13 de Julio le notificaron la negativa del Estado a suministrar la sustancia. Efectúa precisiones de la vía administrativa ventilada y concluye enumerando lo que a su juicio fueron irregularidades en el procedimiento. h.- Cita artículos varios de prensa sobre de la comisión creada por ley 19355 art 461. i.- Efectúa la exégesis de los Requisitos de la acción de Amparo que entiende cumplidos en autos, explayándose de la legitimación pasiva del FNR y los derechos en juego. j.- Funda su derecho, ofrece prueba y en definitiva solicita se acoja la acción condenándose al MSP y FNR a suministarle a la actora el RITUXIMAB.