Vueltas de tuerca
Florencia Cornú
Bajo este titular LA DIARIA, en su edición del día jueves (ver nota completa de Amanda Muñoz), da cuenta de las modificaciones que sufrirán en el Senado los tres artículos de la Ley de Presupuesto, luego de su pasaje por la Comisión de Presupuesto integrada con Hacienda.
La modificación agregaría, como expresó el Dr. Carámbula que “se instala por ley el ámbito de consulta donde se da participación a la Facultad de Medicina, al cuerpo médico, naturalmente al Ministerio de Salud Pública [MSP] y al Fondo Nacional de Recursos [FNR], algo que en la práctica se daba de hecho y ahora se le da fuerza de ley, para que tenga la facultad de dar la opinión con respecto a la incorporación de medicamentos de alto costo no sólo en temas oncológicos”, sino también en la cobertura de tratamientos para enfermedades crónicas, autoinmunes o catalogadas como raras, enumeró.”
Y está muy bien la solución planteada, es muy bueno que se consulte a las Cátedras….el único detalles es que la solución no refiere a ninguno de los problemas que tenemos!
Hoy, la falta de incorporación al FTM o al PIAS no está obstaculizada por la falta de pronunciamiento de las Cátedras. Todo lo contrario: en la mayoría de los casos presentados judicialmente hay un informe favorable de la Cátedra correspondiente, sea a favor del tratamiento en general o en el caso particular del paciente.
Sin tener nada en contra de esta adición, me permito decir que no aporta nada a la solución de los problemas que ya tenemos ni a los que va a crear el el Proyecto de Ley de Presupuesto si se aprueba.
Una cosa si hago notar, ya que parece un hecho consumado que nuestros legisladores están dispuestos a seguir adelante con este proyecto regresivo para los derechos de los pacientes, y es que parece que han olvidado un aspecto muy importante: Qué plazo debe mediar entre la solicitud de inclusión de un tratamiento y la decisión ministerial de incorporarlo al FTM o al PIAS?
- Cuál es el plazo para este espacio consultivo con las Cátedras?
- Cuánto tiempo puede tomar realizar los estudios de costo efectividad, el impacto presupuestal y cotejar si se cumplen las recomendaciones de la OMS. (Dejo para otra oportunidad consultarlos acerca de a cuáles se refieren en concreto.)
- Cuánto tiempo tiene para expedirse la Comisión Técnico Asesora del Formulario Terapéutico de Medicamentos?
- Cuánto tiempo después de incorporado, un tratamiento debe ser protocolizado por el FNR, para determinar las patologías para las que es aplicable?
La experiencia nos dice que los tiempos que se han tomado para estos procesos no son los tiempos que marca el reglamento (1 año) ni, mucho menos, son los tiempos con los que cuentan los pacientes. Ambos son ignorados a conciencia.
Tampoco se hace referencia a la forma en que se implementará la transparencia de este procedimiento, lo que es imprescindible para generar confianza en la forma en la que se adoptan las decisiones. Digo esto porque, ya que estamos retocando un proyecto malo para hacerlo más digerible, por lo menos debería hacerse por lo menos el intento de que creamos que genera alguna garantía para los pacientes.
Es admirable, pero insuficiente, el esmero de los legisladores por intentar hacer parecer más presentable un proyecto que solo tiene por objeto limitar el acceso a la justicia. Lamentablemente, estas idas y venidas solo son una muestra de la falta de seriedad del proyecto original y de la necesidad de abordar el tema con mayor profundidad.
Con el mayor respeto por el Dr. Carámbula y sin dudar de sus buenas intenciones, hace años que escuchamos promesas similares y nada se ha hecho al respecto. Tenemos bastantes razones para ser escépticos. (Ver nota del año 2012).
Si alguna de las ideas que hoy se manejan como promesas de solución se hubiera comenzado a implementar cuando el problema se hizo evidente, hoy estaríamos parados en otro lado y tal vez, con menos desamparados.
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